Datos
clave para entender en qué va la discusión del mínimo en su recta final
El
último plazo para que la mesa tripartita llegue a un acuerdo es el próximo 30
de diciembre. ¿Cuál es el paso a seguir si no hay concertación?
Inicia
la contrarreloj. A tan solo dos días de que se cumpla el último plazo (30 de
diciembre) para que se concierte el incremento para el salario mínimo del 2024,
aún no hay señales claras de que se produzca un acuerdo entre las partes.
A
pesar de que representantes del Gobierno, gremios empresariales y sindicatos se
han reunido en seis oportunidades desde el 28 de noviembre, solo se ha puesto
una propuesta sobre la mesa.
continuación,
le presentamos algunos de los hechos clave para entender el panorama de las
negociaciones en torno a este ajuste salarial.
La
posición de las partes
Los
primeros, y por ahora los únicos, en destapar sus cartas, fueron los sindicatos.
Las centrales obreras piden que se aplique un alza del 18 % para llevar el
monto del mínimo del $1'160.000 (valor actual) a $1'368.800.
La
propuesta estaría fundamentada en que con el aumento se le dé un impulso a la
reactivación económica del país, al mismo tiempo que se mejora el nivel
adquisitivo de los colombianos. En ese sentido, desde las Confederaciones de
pensionados (CPC) y la Confederación Democrática de Pensionados se promueve que
ese porcentaje de incremento también aplique para el subsidio de transporte.
Por
su parte, los empresarios no han revelado una cifra. Los gremios han decidido
inclinarse por pedir calma y mesura al momento de definir cuánto subirá el
salario mínimo.
Según
han manifestado las agremiaciones empresariales, en un contexto en el que el
comportamiento de la economía colombiana ha estado marcado por la
incertidumbre, es necesario "hacer un esfuerzo para que cualquier decisión
que se tome, le permita al país realizar un incremento salarial que continúe en
la senda de construcción de mayor poder adquisitivo de los trabajadores y sus
familias; al tiempo represente un comportamiento cauteloso en términos de
inflación, empleo y condiciones macroeconómicas que permitan al Banco de la
República continuar la reducción de las tasas de interés".
En
ese sentido, señalan la importancia de considerar aspectos como la inflación y
la presión que sigue ejerciendo en los bolsillos las tasas de interés.
Propuestas
de otros frentes
Desde
diferentes sectores también se ha abordado esta discusión.
Entre
las múltiples ideas no oficiales que se han puesto a consideración se encuentra
la de la Cámara de Comercio Colombo Americana (AmCham). Desde esta entidad, se
'propone' subir el mínimo un punto por encima de la cifra de inflación del
2023.
De
acuerdo con la presidenta de AmCham Colombia, María Claudia Lacouture, "en
una economía que no está creciendo y presenta decrecimientos en su
productividad, tener un aumento de salario mínimo por encima de la inflación
será costoso para el país". Es así como un incremento de este nivel
contribuiría a la recuperación económica.
Desde
otros frentes también se han presentado reparos. Centros de estudio como Anif y
Fedesarrollo han señalado que una subida del mínimo por encima del 10 % sería
contraproducente para la economía colombiana.
¿Qué
pasa si no hay acuerdo?
De
agotarse el tiempo para llegar a una decisión conjunta, será el Gobierno, a
través del Ministerio de Trabajo, que defina, por decreto, el reajuste del
salario mínimo, según lo define el artículo 8 de la Ley 278 de 1996.
En
este escenario, el Ejecutivo tendría que entrar a considerar datos clave como
las proyecciones de inflación para el 2024 que expuso el Banrep, los llamados
de trabajadores y empleados para no afectar la generación de empleo, entre
otros aspectos.
Fuente:
Portafolio
Precio
del oro sigue al alza y está por cerrar con su mejor rendimiento desde 2020
En
lo que va corrido de 2023, el lingote ha incrementado 14%, dirigiéndose a su
mayor ganancia anual desde hace tres años
Los
precios del oro mostraron tendencia al alza en la jornada de este viernes
encaminándose a su mejor año desde 2020. Este comportamiento se da apoyado por
las expectativas de que la Fed comience a moderar su política monetaria a
partir de marzo de 2024.
El
oro al contado subía 0,02% cotizándose a US$2.065,29 la onza a las 1003 GMT.
Los futuros del oro estadounidense, sin embargo, perdían 0,4% a US$2.074,40 la
onza.
En
lo que va corrido de 2023, el lingote ha incrementado 14%, dirigiéndose a su
mayor ganancia anual desde 2020 después de que los precios subieron a un máximo
histórico de US$2.135,40 el 4 de diciembre.
"A
corto plazo, el oro podría cotizar principalmente en el rango de US$1.950 a
US$2.150, con una volatilidad alimentada por los datos macroeconómicos y las
expectativas correlacionadas sobre los próximos recortes de las tasas de
interés en Estados Unidos, pero también por acontecimientos inesperados en los
riesgos geopolíticos", dijo la economista de Intesa Sanpaolo, Daniela
Corsini.
Los
analistas prevén que el reciente repunte del metal precioso se prolongue hasta
2024 gracias al debilitamiento del dólar estadounidense y de los rendimientos
de los bonos del Tesoro, ya que los operadores apuestan por un giro hacia los
recortes de las tasas de interés a principios del próximo año.
Unas
tasas de interés más bajas reducen el costo de oportunidad de mantener
lingotes, que no rinden intereses, y pesan sobre el dólar.
Otros
metales
Entre
otros metales preciosos, la plata al contado cedía 1%, a US$23,6901 la onza. El
platino perdía 0,1% a US$1.001,06 la onza, mientras que el paladio bajaba 1,5%
a US$1.115,62. Ambos metales iban camino de registrar un descenso anual, y el
paladio caía alrededor de 38%, su mayor desplome desde 2008.
Fuente:
La Republica
La
'debacle' del precio del dólar: así fue el mal diciembre que tuvo la divisa
La
moneda estadounidense cerró el 2023 con un precio récord para el año, a la
baja, de 3.822,05 pesos.
En enero
de 2023, cuando el dólar en Colombia registraba una Tasa Representativa del
Mercado (TRM) de 4.989,58 pesos (el 6 de enero y la más alta del año) y sus
valores por esos días eran muy parecidos, nadie se imaginó la 'debacle' que
tendría la divisa tras 12 meses.
Sí.
Después de un inicio de muy fuerte y con muchas preocupaciones por los precios
tan altos, la divisa estadounidense se desinfló en diciembre y terminó con el
'top' 3 de las TRM más bajas del año.
Un
diciembre para el olvido para el dólar
El último
mes de 2023 arrancó por encima de la barrera de los 4.000 pesos. El día 1 la
TRM fue de 4.045,22 pesos. Después, entre los días 2 y el 5, el valor bajó y
osciló entre los 3.983,15 y los 3.999,91 pesos.
El
día 6, el precio volvió a subir: la TRM fue de 4.023,21 pesos. Y hasta ahí
fue...
Entre el día 7 y lo que va a ser el 31 (porque ya se sabe la TRM para ese día), el dólar no volvió a subir de los 4.000 pesos en su TRM: el valor máximo que registró fue de 3.999,43 pesos En cambio, sí registró 5 de los valores más bajos en todo el año, entre ellos el 'top' 3.
Es
más, cerró (cerrará) el 2023 con récord a la baja en su precio: 3.822,05 pesos,
ya que aunque queda un día hábil del año, el último con operaciones en la Bolsa
de Valores de Colombia fue este jueves 28 de diciembre.
Las
TRM más bajas del dólar en Colombia en 2023
A
continuación, le contamos el 'top' 10 de las TRM más bajas del dólar en todo el
2023, con diciembre como gran protagonista por tener 5 de las más bajas y las
tres que lideran el listado:
- 29
al 31 de diciembre y 2 de enero del 2024: 3.822,05 pesos.
- 28
de diciembre: 3.844,81 pesos.
- 27
de diciembre: 3.871,45 pesos.
- 1
de agosto: 3.898,48 pesos.
- 20
de septiembre: 3.902,54 pesos.
- 19
de septiembre: 3.905,95 pesos.
- 21
de septiembre: 3.907,21 pesos.
- 23
al 26 de diciembre: 3.915,43 pesos.
- 29
al 31 de julio: 3.923,49 pesos.
- 20
de diciembre: 3.925,77 pesos.
La
apreciación del peso colombiano en 2023
La
revaluación que ha tenido la moneda colombiana con respecto a la divisa
estadounidense, según un análisis de la agencia Bloomberg, ha sido de 23,11 %
este año.
Esa
cifra posiciona al peso como la moneda más fuerte frente al dólar en América
Latina en 2023 y la segunda más revalorizada del mundo. Solo es superado por el
afgani, de Afganistán, que tuvo un aumento del 27,51 % frente al 'billete
verde'.
Fuente:
Portafolio
Alerta
entre minoritarios de Sura y Argos por decreto de MinHacienda para las OPA
La
cartera de Hacienda prepara una proyecto para regular las operaciones
bursátiles, que cambia reglas de juego para accionistas
Los
accionistas minoritarios de Sura y Argos se encuentran alertas a las
consecuencias de un borrador de decreto que prepara el Ministerio de Hacienda
que cambia las reglas de juego para la realización de las ofertas públicas de
adquisición, OPA, en la bolsa de valores.
"Permitiría
a Sura controlar a Argos sin mediar nuevas OPA sobrevivientes, es decir, sin
que exista un control de compras reales, si no por decreto, lo que afectaría
los intereses de los accionistas minoritarios", reveló una fuente a La
República.
"Los
más preocupados son los fondos de pensiones vigilantes del desenlace de la
millonaria operación", advirtió el informante.
De
acuerdo con el proyecto de decreto, el Ministerio de Hacienda busca que no se
realice una OPA cuando los accionistas tengan calidad de beneficiarios.
“Cuando
los inversionistas que tengan la calidad de beneficiario real de más del
veinticinco por ciento (25%) del capital con derecho a voto de la sociedad y
menos del cincuenta por ciento (50%) del capital con derecho a voto de la
sociedad, en más de dos sociedades inscritas en el Registro Nacional de Valores
y Emisores, Rnve, y en una bolsa de valores, tengan la intención de adquirir
las acciones por medio de un contrato de permuta con el fin de lograr el
control de la sociedad”, señala el documento que puede consultarse en la web de
la entidad.
En
caso de que suceda este evento, el Ministerio de Hacienda tacha de obligatorio
que dichos inversionistas, dentro del mes siguiente a la formalización del
contrato de permuta, "realicen una solicitud de autorización de oferta
pública de adquisición dirigida a los accionistas que no participen en dicho
contrato, la cual mantenga el precio de intercambio y en general, garantice las
mismas condiciones que fueron aplicables a las partes del contrato de permuta”.
Fuente:
La Republica
Las
fechas en las que deberán pagar impuestos los grandes contribuyentes y
comercios
La
Dian dio a conocer cómo quedaron fijados los plazos para cumplir con impuestos
como el de renta, consumo, patrimonio e IVA
La
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio a conocer los plazos
establecidos para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones
tributarias en 2024.
A
través de la emisión del decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023 quedó en
firme el calendario tributario del próximo año. Es decir, la normativa indica
cuáles son los días hábiles en los que podrá llevar a cabo el pago de impuestos
como el de renta, el de consumo, el de patrimonio, entre otros.
A
continuación, le presentamos las fechas a tener en cuenta.
Impuesto
de renta para personas jurídicas
De
acuerdo con el cronograma, las personas jurídicas, sociedades y asimiladas, así
como los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, deberán realizar el
pago correspondiente al año gravable 2023 en dos cuotas:
-
Presentación de declaración y pago de primera cuota: del 10 al 24 de mayo de
2024.
-
Pago segunda cuota: del 10 al 23 de julio de 2024.
Tenga
en cuenta que los plazos establecidos varían dependiendo del último dígito del
NIT. Además, recuerde que en las mismas fechas definidas para las personas
jurídicas, las entidades del sector cooperativo del Régimen Tributario Especial
también deberán hacer la presentación y el pago de este Impuesto.
Impuesto
sobre las Ventas – IVA
Esta
obligación está dispuesta para aquellos grandes contribuyentes, personas
jurídicas y naturales que hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a
92.000 UVT al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Este valor para
el año gravable 2023 corresponde a $3.901.904.000.
El
pago de este gravamen se realiza con una periodicidad bimestral teniendo en
cuenta el último dígito del NIT. Los vencimientos por cada bimestre son:
-
Enero – febrero: del 11 al 22 de marzo.
-
Marzo – abril: del 10 al 24 de mayo.
-
Mayo – junio: del 10 al 23 de julio.
-
Julio – agosto: del 10 al 23 de septiembre.
-
Septiembre – octubre: del 13 al 26 de noviembre.
-
Noviembre – diciembre: para 2025, del 13 al 24 de enero.
En
el caso de las quienes tienen que cumplir con esta obligación, pero registran
ingresos inferiores a los antes mencionados, tendrán que realizar el pago de
manera cuatrimestral en las siguientes fechas límites:
-
Enero – abril: del 10 y el 24 de mayo de 2024.
-
Mayo – agosto: del 10 y el 23 de septiembre de 2024.
-
Septiembre – diciembre: del 13 y el 24 de enero de 2025.
Impuesto
Nacional al Consumo
El
calendario señala que los responsables del este tributo, así como al de bolsas
plásticas y al consumo de cannabis, tienen la obligación de presentar la
declaración y hacer el pago con una periodicidad bimestral, teniendo en cuenta
el último dígito del NIT.
Los
plazos son los siguientes:
-
Enero – febrero: para 2024 las fechas serán entre el 11 al 22 de marzo.
-
Marzo – abril: entre el 10 al 24 de mayo.
-
Mayo – junio: entre el 10 al 23 de julio.
-
Julio – agosto: entre el 10 al 23 de septiembre.
-
Septiembre – octubre: entre el 13 al 26 de noviembre.
- Noviembre
– diciembre: entre el 13 al 24 de enero.
Impuesto
al Patrimonio
Las
personas naturales y/o sucesiones ilíquidas que a 1 de enero de cada año tengan
un patrimonio líquido, es decir, el patrimonio bruto menos las deudas a cargo,
igual o superior a 72.000 UVT, tendrán la obligación de presentar la
declaración y pagar este gravamen en dos cuotas de 50 % cada una.
Las
fechas establecidas para su cumplimiento son: la presentación de la declaración
y pago de la primera cuota será definió para entre el 10 y el 24 de mayo;
mientras que el
pago
de la segunda cuota deberá hacerse el 13 de septiembre.
Impuesto
a bebidas azucaras y ultraprocesados
La
normativa señala que la presentación de la declaración y el pago de este
impuesto tendrá que efectuarse, con una periodicidad bimestral, el décimo día
hábil de los meses que corresponda, independientemente del NIT.
Para
el próximo año, los vencimientos serán los siguientes:
-
Enero – febrero: el 14 de marzo de 2024.
-
Marzo – abril: el 16 de mayo de 2024.
-
Mayo – junio: el 15 de julio de 2024.
-
Julio – agosto: el 13 de septiembre de 2024.
-
Septiembre – octubre: el 18 de noviembre de 2024.
-
Noviembre – diciembre: el 16 de enero de 2025.
Fuente:
Portafolio
Cerrejón
rechazó bloqueo por comunidades a su operación en Albania, La Guajira
Las
manifestaciones se producen como protesta a la consulta de sentencia T-704 de
2016 que define criterios de selección claves
Cerrejón
rechazó este jueves el bloqueo a su operación en Albania, La Guajira, que
realizan comunidades representadas por la organización Nación Wayuu.
Las
manifestaciones se producen como protesta a la consulta de sentencia T-704 de
2016, emitida por la Dirección de Autoridad Nacional de Consulta Previa, Dancp,
que define criterios de selección claves para estas comunidades.
"Luego
de haber surtido un proceso de revisión de impactos y de existencia de
comunidades en el área de influencia de la empresa, la Dancp emitió un acto
administrativo en el que identifica algunas comunidades objeto de consulta y
define que otras no cumplen con los correspondientes criterios para ser
consultadas", dijo Cerrejón en un comunicado.
La
compañía invitó a las comunidades a "acatar la decisión de la autoridad y
a utilizar los recursos que establece el procedimiento legal para oponerse a la
misma, si lo consideran procedente".
También
pidió a las autoridades, adelantar las acciones que "permitan poner fin al
bloqueo que pone en riesgo el normal funcionamiento de la operación, el acceso
de más de 13.000 trabajadores a sus puestos de trabajo y la entrada de insumos
y alimentos esenciales".
Cerrejón
reiteró su disposición al diálogo, como ya lo ha registrado con más de 337
acuerdos firmados con las comunidades.
Fuente: La Republica